Tranquilidad para la hostelería: el SDDR no entra en vigor el 12 de agosto y las monodosis seguirán permitidas hasta 2030

Las informaciones difundidas en los últimos días sobre la supuesta entrada en vigor del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) el próximo 12 de agosto y la prohibición inmediata de las monodosis de plástico han generado preocupación entre miles de establecimientos hosteleros. Sin embargo, la realidad normativa es distinta.
Desde el sector se insiste en trasladar un mensaje de tranquilidad a empresarios, autónomos y profesionales de la hostelería, aclarando que el 12 de agosto de 2026 no supone la implantación del SDDR en España, sino únicamente la aplicación del Reglamento Europeo de Envases (PPWR), que sustituye a la anterior directiva comunitaria en esta materia.
La fecha prevista para la posible implantación del Sistema de Depósito, Devolución y Retorno en España es el 26 de noviembre de 2026, plazo establecido en la Ley 7/2022 tras el incumplimiento de los objetivos nacionales de recogida separada de botellas de plástico.
No obstante, el sistema aún no podrá ponerse en funcionamiento hasta que exista la correspondiente autorización administrativa de los operadores responsables.

La hostelería tendrá un tratamiento específico
Otro de los aspectos que más inquietud genera es el papel que desempeñarán bares, cafeterías y restaurantes dentro del nuevo sistema.
El depósito económico estará vinculado al envase de bebida y se abonará durante la cadena de distribución.
Sin embargo, todavía está pendiente de desarrollo normativo determinar si los establecimientos hosteleros deberán actuar como puntos de devolución de envases adquiridos por los consumidores en otros comercios.
Hostelería de España participa actualmente en los trabajos de la Asociación SDDR España con el objetivo de que el modelo definitivo tenga en cuenta las particularidades operativas del canal HORECA y no suponga una carga adicional para los establecimientos.
Las monodosis seguirán permitidas durante varios años
Respecto a las monodosis de plástico utilizadas en cafeterías, bares y restaurantes, el sector aclara que el 12 de agosto de 2026 no entra en vigor ninguna prohibición.
El Reglamento (UE) 2025/40 establece que la limitación para determinadas monodosis de plástico convencional destinadas al consumo dentro del establecimiento comenzará el 1 de enero de 2030.
Además, la futura normativa contempla distintas alternativas, como dispensadores reutilizables, sobres de papel o envases monodosis fabricados con plástico compostable certificado.
Asimismo, el servicio de comida para llevar (take away) y determinados centros sanitarios y asistenciales quedan excluidos de esta restricción.
Llamamiento a evitar la desinformación
Las organizaciones del sector recomiendan a los empresarios contrastar siempre la información con fuentes oficiales y con las asociaciones representativas antes de realizar inversiones o modificar sus sistemas de trabajo.
El objetivo es evitar confusiones y garantizar que la adaptación a la nueva normativa europea se realice de forma progresiva, ordenada y con la seguridad jurídica necesaria para los miles de negocios que integran el sector hostelero español.










